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Régimen Simplificado de Confianza (RESICO – Personas Físicas)

Análisis completo, ampliado y actualizado para 2026

Última actualización: 19 de noviembre, 2025

El RESICO es uno de los regímenes más utilizados por profesionistas, emprendedores y pequeños negocios, debido a su facilidad de cumplimiento y tasas preferenciales. Aquí encontrarás toda la información explicada paso a paso, tanto para quien no domina temas fiscales como para quien busca profundidad técnica.

¿Quiénes tributan en este régimen?

Personas físicas que obtienen ingresos por:

  • Actividades empresariales (comercio, talleres, alimentos, manufactura, servicios)
  • Servicios profesionales independientes (honorarios)
  • Arrendamiento de inmuebles
  • Una combinación de las anteriores

Siempre que sus ingresos NO excedan los $3.5 millones de pesos al año.

Pueden tributar:

  • Profesionistas independientes
  • Emprendedores y pequeños negocios
  • Personas que rentan bienes inmuebles
  • Trabajadores con actividad independiente adicional

NO pueden tributar si:

  • Son socios o accionistas de empresas (salvo excepciones específicas).
  • Tienen ingresos asimilados a salarios de actividades no permitidas.
  • Perciben ingresos por regímenes incompatibles (plataformas digitales, AGAP si exceden límites, etc.).
  • Exceden el tope anual de ingresos.

Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.

La falta de declaración puede generar multas.

Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.

En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:

🔷 Revisión de cumplimiento🔷 Validación de requisitos legales🔷 Determinación de procedencia🔷 Acompañamiento profesional
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¿Cuál es el objetivo del régimen?

Hacer más simple, rápido y económico el pago del ISR para pequeños y medianos contribuyentes, eliminando la contabilidad compleja y permitiendo:

  • Tasas de ISR muy bajas (1%–2.5%)
  • Declaraciones automáticas basadas en CFDI
  • Cálculo sobre ingreso cobrado, no facturado
  • Menor carga administrativa

En resumen: el RESICO busca que el contribuyente cumpla más fácilmente.

Principales obligaciones fiscales

1. Facturar correctamente

Todo ingreso debe estar respaldado por un CFDI.

2. Declaración mensual

Se presenta únicamente el ingreso cobrado, el sistema calcula el ISR automáticamente.

3. Declaración anual

Se suman todos los ingresos cobrados del año.

4. Estar al corriente ante el SAT

El SAT puede expulsarte del régimen si detecta incumplimientos.

5. Pagos y declaraciones de IVA

Cuando tu actividad causa IVA (servicios, comercio, arrendamiento), debes presentar IVA mensual normal.

Cliente Juan

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.

Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.

Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.

Ingresos que se consideran

En RESICO, solo se consideran ingresos efectivamente cobrados:

  • Transferencias, depósitos o pagos en efectivo
  • Cobros de tarjeta o plataformas
  • Rentas cobradas del mes
  • Anticipos recibidos

Importante: Si facturas pero NO cobras, ese ingreso no se declara aún.

Deducciones aplicables

En RESICO NO existen deducciones tradicionales

No se deduce:

  • Renta del local
  • Servicios
  • Gastos del negocio
  • Sueldos
  • Gastos médicos del negocio
  • Gasolina
  • Materiales

El ISR se calcula directamente sobre el ingreso cobrado SIN restar gastos.

Pero sí aplican deducciones personales en la declaración anual:

  • Gastos médicos, dentales, psicológicos
  • Colegiaturas
  • Seguros de gastos médicos
  • Hipoteca
  • Aportaciones voluntarias al retiro
  • Donativos
  • Transporte escolar obligado

Topes 2026:

Menor entre:

  • 15% del ingreso total anual, o
  • 5 UMA anuales (~$189,222 MXN)

Cálculo del pago provisional mensual

Este es el punto más importante del régimen.

ISR en RESICO se calcula así:

ISR = Ingreso cobrado × tasa aplicable

Tasas del ISR RESICO:

  • $0 – $300,000 → 1%
  • $300,000 – $600,000 → 1.10%
  • $600,000 – $1,000,000 → 1.50%
  • $1,000,000 – $2,500,000 → 2%
  • $2,500,000 – $3,500,000 → 2.50%

El SAT calcula automáticamente con base en tus CFDI y pagos recibidos.

IVA mensual (si aplica)

El IVA en RESICO funciona igual que en el régimen general:

  • IVA trasladado = el IVA que cobras en tus facturas (16%, 8%, o 0%)
  • IVA acreditable = el IVA que pagas en gastos del negocio

IVA a pagar = IVA cobrado – IVA acreditable

Si pagas más IVA del que cobras, generas saldo a favor.

Declaración anual en RESICO

Incluye:

  • Total de ingresos cobrados durante el año
  • Retenciones (cuando te retienen ISR o IVA)
  • Deducciones personales
  • Pagos provisionales mensuales
  • Determinación del ISR anual

Generalmente:

  • Si se pagó ISR cada mes correctamente → no habrá ISR a pagar en anual.
  • Si se aplican deducciones personales → puede haber saldo a favor.

Obligaciones informativas

  • Declarar mensualmente ISR (automático)
  • Declarar IVA cuando aplique
  • Conservar comprobantes de ingresos y pagos
  • Mantener Buzón Tributario habilitado
  • Responder notificaciones del SAT

Casos especiales importantes

1. Exceder $3.5 millones de ingresos

Se abandona RESICO y se migra a Actividades Empresariales y Profesionales (régimen general).

2. Tener múltiples actividades

Si tienes sueldos, arrendamiento, intereses u otros ingresos, se acumulan para efectos anuales.

3. Recibir pagos de personas morales

La empresa te retiene 1.25% de ISR sobre ingresos pagados. Esto reduce tu pago mensual.

4. Trabajar con plataformas digitales

Puedes tributar en RESICO, pero la plataforma también retiene impuestos.

5. No emitir CFDI o no declarar

El SAT puede expulsarte automáticamente del régimen.

Cambios y fiscalización 2026

  • Mayor vigilancia a contribuyentes que no concilian ingresos cobrados vs CFDI emitidos
  • Auditoría automática de discrepancias bancarias
  • Verificación automática de controles de ingresos por plataformas digitales
  • Énfasis en la correcta emisión de CFDI de ingresos

Ventajas del RESICO

  • Tasas MUY bajas de ISR
  • Declaraciones rápidas y automáticas
  • Menos carga administrativa
  • Sin contabilidad compleja
  • Ideal para emprendedores y profesionistas que inician

Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.

Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.

En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:

✔ Si existe un saldo a favor posible✔ Si cumple con los requisitos para solicitarlo✔ Si puede recuperarse y en qué plazo✔ Si existen riesgos, contingencias o multas por falta de declaración