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Ingresos Acumulables de Personas Físicas

Ingresos Acumulables de Personas Físicas

¿Qué son los ingresos acumulables?

Los ingresos acumulables son todos aquellos recursos que una persona física obtiene durante el año y que aumentan su patrimonio, ya sea en dinero, bienes, servicios o créditos. Estos ingresos son base para calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que corresponde pagar ante el SAT.

Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.

La falta de declaración puede generar multas.

Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.

En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:

  • Revisión de cumplimiento
  • Validación de requisitos legales
  • Determinación de procedencia
  • Acompañamiento profesional
Solicitar Revisión

Tipos de ingresos acumulables

Como contribuyente, puedes tener diversas fuentes de ingresos que se consideran acumulables, tales como:

  • Sueldos y salarios: Incluye el sueldo base, aguinaldos, bonos, comisiones, y cualquier otra prestación económica otorgada por el empleador.
  • Honorarios profesionales o ingresos por actividad empresarial: Aplica si trabajas por tu cuenta como profesionista independiente o comerciante.
  • Arrendamiento: Ingresos que obtienes por rentar bienes inmuebles como casas, departamentos, oficinas o locales.
  • Intereses: Se acumula solo el interés real que obtienes de cuentas de ahorro, inversiones o instrumentos financieros. Si solo tienes sueldos e intereses (hasta $400,000 en total e intereses reales de hasta $100,000), puedes optar por no declarar.
  • Premios: los de loterías, rifas, sorteos y concursos organizados en México pagan un ISR de 1% (21% en los estados con impuesto local mayor de 6%), que retiene quien entrega el premio como pago definitivo, así que por regla general no se acumulan. Si en el año tus premios, préstamos y donativos suman más de $600,000, debes informarlos en tu declaración anual; si no lo haces, el premio se acumula a tus demás ingresos y la retención solo se acredita. Los premios de concursos científicos, artísticos o literarios abiertos al público están exentos.

Diferencia entre ingresos acumulables y no acumulables

  • Acumulables: Se consideran parte del ingreso sujeto al pago de ISR.
  • No acumulables: los exentos por ley y aquellos por los que ya se pagó un impuesto definitivo (como los premios con retención). No se suman para calcular el ISR, pero algunos sí se reportan en la anual: si tus ingresos totales del año, incluidos los exentos, pasan de $500,000, declaras también las herencias, la venta exenta de tu casa habitación y los demás exentos que señala la ley (artículo 150 de la Ley del ISR), y si los préstamos, donativos y premios pasan de $600,000 debes informarlos (artículo 90).

Ejemplos de ingresos no acumulables:

  • Herencias y legados.
  • Donativos entre cónyuges y de padres o abuelos a hijos o nietos (de hijos a padres, con condiciones); los demás donativos solo están exentos hasta tres UMA anuales ($128,383.92 en 2026).
  • Lo que paga la aseguradora cuando ocurre el riesgo asegurado, salvo seguros de bienes de activo fijo (los seguros de supervivencia tienen requisitos adicionales).

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.

Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.

Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.

Evaluar mi caso

¿Cómo se calculan los impuestos sobre estos ingresos?

  • Se suman todos los ingresos acumulables obtenidos en el año.
  • Se restan las deducciones personales permitidas (como gastos médicos, colegiaturas, donativos, etc.).
  • Se aplica la tarifa del ISR que corresponde, de acuerdo con las tablas publicadas por el SAT.

💡 Consejo: Aplica todas las deducciones que te correspondan. Reducen tu base gravable y pueden generarte un saldo a favor.

¿Qué pasa si no los declaras?

Omitir ingresos acumulables puede ocasionar:

  • Multas y recargos.
  • Revisión o auditoría fiscal.
  • Rechazo de devoluciones futuras.

Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.

Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.

En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:

  • Si existe un saldo a favor posible
  • Si cumples con los requisitos para solicitarlo
  • Si puede recuperarse y en qué plazo
  • Si existen riesgos, contingencias o multas por falta de declaración

Sigue aprendiendo