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REFIPRES: Ingresos en Paraísos Fiscales

REFIPRES: Ingresos en Paraísos Fiscales

REFIPRES: Ingresos en Paraísos Fiscales y su Obligación ante el SAT

Si obtienes ingresos en el extranjero, particularmente en territorios donde los impuestos son muy bajos o nulos, podrías estar sujeto al ISR por REFIPRES, es decir, Régimen Fiscal Preferente. Esta regulación busca evitar la evasión fiscal y asegurar que los contribuyentes mexicanos tributen justamente.

Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.

La falta de declaración puede generar multas.

Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.

En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:

  • Revisión de cumplimiento
  • Validación de requisitos legales
  • Determinación de procedencia
  • Acompañamiento profesional
Solicitar Revisión

¿Qué es REFIPRES?

El Régimen Fiscal Preferente (REFIPRE) no es una lista de países: se revisa ingreso por ingreso. Un ingreso está sujeto a REFIPRE cuando no paga impuesto en el extranjero o paga un ISR menor al 75% del ISR que se causaría y pagaría en México por ese mismo ingreso. Estas reglas aplican a los ingresos que obtienes a través de entidades o figuras extranjeras en las que participas, directa o indirectamente.

Aunque comúnmente se les llama "paraísos fiscales", legalmente se refiere a sistemas tributarios extranjeros con beneficios fiscales excesivos o nula tributación.

Ejemplos de países REFIPRES

La ley incluye una lista de territorios, por ejemplo:

  • Islas Caimán.
  • Bermudas.
  • Islas Vírgenes Británicas.
  • Principado de Mónaco.
  • Zona Especial Canaria.
  • Antillas Neerlandesas.
  • Emiratos Árabes Unidos.
  • Costa Rica.

Si obtienes ingresos de cualquiera de ellos debes presentar la declaración informativa, aunque eso por sí solo no significa que tus ingresos estén sujetos a REFIPRE: eso depende de cuánto impuesto pagan, como se explica arriba.

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.

Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.

Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.

Evaluar mi caso

¿Qué ingresos están sujetos?

El artículo 176 de la Ley del ISR no solo obliga a reportar estos ingresos: obliga a pagar ISR por ellos.

  • Se gravan en el año en que la entidad extranjera los genera, en proporción a tu participación, aunque no te los haya distribuido.
  • Incluye los generados en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito y los que determine presuntamente el SAT.
  • Si eres persona física, el impuesto se calcula aplicando la tasa máxima de la tarifa anual (35%) a tu parte del resultado fiscal de la entidad extranjera.

Declaración Informativa REFIPRES

La obligación de declarar se encuentra en los artículos 177 y 178 de la LISR. Deberás:

  • Presentar una declaración informativa en febrero de cada año.
  • Usar la forma oficial 63 a través del portal del SAT.
  • Adjuntar documentación comprobatoria: estados de cuenta, contratos, estados financieros, etc.

Esta obligación aplica tanto a:

  • Personas físicas como morales.
  • Residentes en México con ingresos en jurisdicciones REFIPRES.
  • Quienes tengan participación en sociedades extranjeras ubicadas en estos territorios.

Sanciones por incumplimiento

Omitir esta declaración por más de tres meses, o presentarla incompleta, es delito: el artículo 111, fracción V, del Código Fiscal de la Federación lo castiga con prisión de tres meses a tres años (no hay querella si lo corriges antes de que el SAT lo descubra o te requiera).

Además, si no la presentas, debes acumular la totalidad de los ingresos de la entidad extranjera, sin deducción alguna, en la proporción de tu participación (artículo 177 de la Ley del ISR).

Recomendaciones

  • Si inviertes o tienes cuentas en el extranjero, acércate a nuestros contadores en línea.
  • Te ayudamos a revisar si tu inversión está sujeta al REFIPRES y a preparar tu declaración correctamente.
  • No pongas en riesgo tu situación fiscal: cumple, declara y protege tu patrimonio con asesoría experta.

Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.

Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.

En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:

  • Si existe un saldo a favor posible
  • Si cumples con los requisitos para solicitarlo
  • Si puede recuperarse y en qué plazo
  • Si existen riesgos, contingencias o multas por falta de declaración

Sigue aprendiendo