REFIPRES: Ingresos en Paraísos Fiscales y su Obligación ante el SAT
Si obtienes ingresos en el extranjero, particularmente en territorios donde los impuestos son muy bajos o nulos, podrías estar sujeto al ISR por REFIPRES, es decir, Régimen Fiscal Preferente. Esta regulación busca evitar la evasión fiscal y asegurar que los contribuyentes mexicanos tributen justamente.
Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.
La falta de declaración puede generar multas.
Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.
En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:
- Revisión de cumplimiento
- Validación de requisitos legales
- Determinación de procedencia
- Acompañamiento profesional

¿Qué es REFIPRES?
El Régimen Fiscal Preferente (REFIPRE) no es una lista de países: se revisa ingreso por ingreso. Un ingreso está sujeto a REFIPRE cuando no paga impuesto en el extranjero o paga un ISR menor al 75% del ISR que se causaría y pagaría en México por ese mismo ingreso. Estas reglas aplican a los ingresos que obtienes a través de entidades o figuras extranjeras en las que participas, directa o indirectamente.
Aunque comúnmente se les llama "paraísos fiscales", legalmente se refiere a sistemas tributarios extranjeros con beneficios fiscales excesivos o nula tributación.
Ejemplos de países REFIPRES
La ley incluye una lista de territorios, por ejemplo:
- Islas Caimán.
- Bermudas.
- Islas Vírgenes Británicas.
- Principado de Mónaco.
- Zona Especial Canaria.
- Antillas Neerlandesas.
- Emiratos Árabes Unidos.
- Costa Rica.
Si obtienes ingresos de cualquiera de ellos debes presentar la declaración informativa, aunque eso por sí solo no significa que tus ingresos estén sujetos a REFIPRE: eso depende de cuánto impuesto pagan, como se explica arriba.

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.
Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.
Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.
Evaluar mi caso¿Qué ingresos están sujetos?
El artículo 176 de la Ley del ISR no solo obliga a reportar estos ingresos: obliga a pagar ISR por ellos.
- Se gravan en el año en que la entidad extranjera los genera, en proporción a tu participación, aunque no te los haya distribuido.
- Incluye los generados en efectivo, en bienes, en servicios o en crédito y los que determine presuntamente el SAT.
- Si eres persona física, el impuesto se calcula aplicando la tasa máxima de la tarifa anual (35%) a tu parte del resultado fiscal de la entidad extranjera.
Declaración Informativa REFIPRES
La obligación de declarar se encuentra en los artículos 177 y 178 de la LISR. Deberás:
- Presentar una declaración informativa en febrero de cada año.
- Usar la forma oficial 63 a través del portal del SAT.
- Adjuntar documentación comprobatoria: estados de cuenta, contratos, estados financieros, etc.
Esta obligación aplica tanto a:
- Personas físicas como morales.
- Residentes en México con ingresos en jurisdicciones REFIPRES.
- Quienes tengan participación en sociedades extranjeras ubicadas en estos territorios.
Sanciones por incumplimiento
Omitir esta declaración por más de tres meses, o presentarla incompleta, es delito: el artículo 111, fracción V, del Código Fiscal de la Federación lo castiga con prisión de tres meses a tres años (no hay querella si lo corriges antes de que el SAT lo descubra o te requiera).
Además, si no la presentas, debes acumular la totalidad de los ingresos de la entidad extranjera, sin deducción alguna, en la proporción de tu participación (artículo 177 de la Ley del ISR).
Recomendaciones
- Si inviertes o tienes cuentas en el extranjero, acércate a nuestros contadores en línea.
- Te ayudamos a revisar si tu inversión está sujeta al REFIPRES y a preparar tu declaración correctamente.
- No pongas en riesgo tu situación fiscal: cumple, declara y protege tu patrimonio con asesoría experta.
Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.
Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.
En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:
- Si existe un saldo a favor posible
- Si cumples con los requisitos para solicitarlo
- Si puede recuperarse y en qué plazo
- Si existen riesgos, contingencias o multas por falta de declaración

