Régimen de Sueldos y Salarios
Última actualización: 19 de noviembre, 2025
Contenidos:
¿Quiénes tributan en este régimen?
Tributan en este régimen todas las personas físicas que reciben ingresos por servicios personales subordinados, es decir, quienes trabajan bajo una relación laboral formal con un patrón, de quien dependen jerárquicamente y a quien prestan servicios de forma personal.
Esto incluye:
- Empleados administrativos y operativos
- Obreros y trabajadores de fábrica
- Funcionarios y trabajadores del gobierno
- Personal docente
- Empleados de corporativos y empresas privadas
Personas que reciben asimilados a salarios, como:
- Miembros de consejos directivos
- Gerentes y directores
- Representantes de empresa
- Prestadores de servicios que, por su naturaleza, se consideran similares a trabajadores subordinados
Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.
La falta de declaración puede generar multas.
Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.
En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:
🔷 Revisión de cumplimiento🔷 Validación de requisitos legales🔷 Determinación de procedencia🔷 Acompañamiento profesional
Objetivo del régimen
El propósito principal es simplificar el cumplimiento fiscal de los trabajadores mediante un sistema donde:
- El patrón calcula, retiene y paga el ISR cada mes.
- El trabajador no necesita presentar declaraciones mensuales.
- El SAT garantiza una correcta recaudación mediante comprobantes digitales (CFDI).
Este régimen busca evitar errores, asegurar el pago del impuesto y facilitar al trabajador el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Principales obligaciones fiscales
Obligaciones del patrón
El patrón debe:
- Calcular el ISR mensual según las tablas oficiales del SAT (actualizadas para 2026).
- Retener el impuesto correspondiente al trabajador.
- Enterarlo al SAT dentro del plazo establecido.
- Emitir CFDI de nómina por cada pago.
- Llevar registros y emitir comprobantes de percepciones y deducciones.
- Presentar información anual de sueldos y salarios cuando aplique.
Obligaciones del trabajador
El trabajador debe:
- Verificar que sus CFDI de nómina estén bien emitidos.
- Presentar declaración anual si: percibió más de $400,000 al año, tuvo más de un patrón durante el mismo ejercicio, quiere aplicar deducciones personales para recuperar parte del ISR, o recibió ingresos por jubilación, liquidación o asimilados.

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.
Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.
Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.
Ingresos que se consideran para ISR
El SAT toma como ingreso:
Ingresos gravados
- Sueldo y salario base
- Horas extras (cuando exceden límites exentos)
- Aguinaldo (exento hasta 30 UMA)
- Prima vacacional (exenta hasta 15 UMA)
- Bonos, comisiones, compensaciones
- Prestaciones en especie (alimentación, vehículos, vivienda)
- Retroactivos de sueldo
- Pago por asistencias, puntualidad, productividad
Ingresos exentos parcialmente
- Aguinaldo: exento hasta 30 UMA
- Prima vacacional: exenta hasta 15 UMA
- Prima dominical: exenta hasta 1 UMA diaria
- Horas extra: exentas hasta el 50%
- Fondo de ahorro (hasta 1.3 UMA por día)
- Indemnización por despido: exenta hasta 90 días de salario + 2 UMA por cada año de servicio
Deducciones personales que aplican (Declaración Anual)
Estas deducciones no reducen ISR mensual, pero sí disminuyen el impuesto anual causado:
- Honorarios médicos, dentales y psicológicos
- Gastos hospitalarios
- Lentes ópticos (hasta $2,500)
- Seguros médicos
- Colegiaturas (límites por nivel)
- Donativos autorizados
- Intereses reales de crédito hipotecario
- Transporte escolar obligatorio
- Aportaciones voluntarias al retiro
Topes para 2026
El total de deducciones personales está limitado al menor de:
- El 15% del ingreso anual total, o
- 5 UMA anuales ≈ $189,222 MXN
Cálculo del ISR mensual (Pago provisional)
- Se determina el ingreso gravado del mes.
- Se aplica la tabla mensual del ISR (actualizada 2026).
- Se resta el subsidio para el empleo cuando corresponde.
- El patrón retiene el ISR y lo entera al SAT.
Notas importantes:
- No existe IVA en este régimen.
- El trabajador no calcula su impuesto directamente.
Declaración anual: cómo se realiza
La declaración anual incluye:
Ingresos del ejercicio
Sumatoria de todos los CFDI de nómina emitidos por los patrones.
Deducciones personales
Se aplican todas las deducciones documentadas.
Retenciones efectuadas
El ISR mensual retenido se acredita contra el ISR anual calculado.
Resultado final
Puede ser:
- ISR a pagar (si faltó retención)
- ISR en ceros
- Saldo a favor (muy común cuando hay deducciones personales)
Obligaciones informativas
El patrón debe:
- Emitir CFDI por nómina correctamente.
- Presentar la Declaración Informativa de Sueldos (cuando aplica).
El trabajador debe:
- Conservar y revisar sus recibos de nómina.
- Verificar en el visor del SAT que los ingresos coincidan.
Casos especiales
1. Tener más de un patrón
Obliga a presentar declaración anual.
2. Indemnizaciones por despido
Exentas parcialmente. El patrón debe calcular correctamente la parte gravada.
3. Asimilados a salarios
Se acumulan para la declaración anual. Ejemplo:
- Miembros de consejos
- Comisarios
- Actividades con similitud a subordinación
4. Pagos en especie
También se consideran ingresos gravados.
5. Liquidaciones mal calculadas
Pueden generar diferencias con el SAT.
Ventajas del régimen
- Cumplimiento fiscal automático mes a mes
- Simplicidad administrativa
- Posibilidad de recuperar impuestos vía declaración anual
- Fiscalización clara por medio de CFDI
Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.
Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.
En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar: