¿Cuándo presentar la declaración anual?
Personas morales (empresas):
- Fecha límite: miércoles 31 de marzo de 2027.
- Aplica para la declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2026.
Personas físicas:
- Fecha límite: viernes 30 de abril de 2027 (ejercicio 2026).
- Incluye asalariados obligados, arrendadores y profesionistas, entre otros. Las personas físicas del RESICO no la presentan por esos ingresos: sus pagos mensuales son definitivos (regla 3.13.7 de la RMF 2026).
Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.
La falta de declaración puede generar multas.
Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.
En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:
- Revisión de cumplimiento
- Validación de requisitos legales
- Determinación de procedencia
- Acompañamiento profesional

¿Qué pasa si la presentas fuera de plazo?
- Se generan recargos por cada mes de atraso: en 2026 la tasa es de 2.07% mensual (hasta 2025 era de 1.47%).
- También aplica una actualización por inflación, incrementando el total a pagar.
- Multa: si la presentas tarde por tu cuenta, antes de que el SAT descubra la omisión o te la requiera, no hay multa (artículo 73 del CFF). Si no la presentas o no atiendes el requerimiento, la multa en 2026 va de $2,050 a $25,360 por cada obligación no declarada y de $20,790 a $41,590 por no cumplir el requerimiento o cumplirlo fuera de plazo (artículo 82, fracción I, incisos a y d, del CFF).
- Si presentas fuera de julio y tenías saldo a favor, deberás hacer una solicitud manual de devolución.

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.
Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.
Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.
Evaluar mi casoRecomendaciones
- Prepárate con anticipación: Junta tus CFDI, recibos de nómina y constancias bancarias.
- Revisa tus deducciones: Gastos médicos, donativos, colegiaturas, intereses hipotecarios, etc.
- Haz tu simulación previa: Con ayuda de nuestros contadores en línea, revisa tu declaración antes de enviarla.
¿Sabías que puedes recuperar dinero de años anteriores?
El derecho a solicitar la devolución de un saldo a favor prescribe a los cinco años, y las declaraciones omitidas se deben presentar de todos modos. Si no has declarado o no sabes si tenías saldo a favor, en MiCont@ te ayudamos a recuperar tu dinero.
Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.
Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.
En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:
- Si existe un saldo a favor posible
- Si cumples con los requisitos para solicitarlo
- Si puede recuperarse y en qué plazo
- Si existen riesgos, contingencias o multas por falta de declaración

