Régimen de Otros Ingresos
Ingresos eventuales, extraordinarios o patrimoniales que no provienen de sueldo, actividad empresarial, profesional, arrendamiento ni sector primario.
Última actualización: 19 de noviembre, 2025
Este régimen contempla ingresos que no provienen de un sueldo, actividad empresarial, profesional, de arrendamiento ni del sector primario, sino que son ingresos eventuales, extraordinarios o patrimoniales.
Es fundamental porque el SAT fiscaliza estos ingresos mediante depósitos bancarios, avisos notariales, constancias de premios, donativos, etc.
Contenidos:
📌 ¿Quiénes tributan en este régimen?
Personas físicas que reciben ingresos por:
- 🎁 Donativos (entre personas NO familiares o mayores a los límites)
- 💍 Herencias (aunque estén exentas, deben declararse)
- 🚗 Venta ocasional de bienes (auto, terreno, maquinaria)
- 🏠 Venta ocasional de inmuebles (cuando no es actividad habitual)
- 🎫 Premios, rifas, sorteos
- 💸 Deudas perdonadas
- 💼 Ingresos por contratación independiente ocasional
- 📝 Derechos de autor no habituales
- 🔄 Enajenación de bienes no afectos a actividad empresarial
- 💵 Depósitos bancarios no identificados (pueden ser considerados "otros ingresos" si no se informa el origen)
Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.
La falta de declaración puede generar multas.
Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.
En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:
🔷 Revisión de cumplimiento🔷 Validación de requisitos legales🔷 Determinación de procedencia🔷 Acompañamiento profesional
🎯 Objetivo del régimen
El SAT creó este régimen para:
- Registrar ingresos no recurrentes o extraordinarios.
- Evitar que ingresos patrimoniales queden sin declarar.
- Controlar depósitos bancarios no conciliados.
- Dar un marco fiscal claro a premios, donativos y ventas ocasionales.
Muchas personas desconocen estas obligaciones, lo que genera auditorías, discrepancias fiscales y cartas invitación.
💰 Ingresos que se consideran para ISR
✔ Donativos
Pueden estar gravados o exentos dependiendo del origen:
- Exentos: entre padres, hijos, abuelos, nietos, cónyuges.
- No exentos: entre hermanos, primos, amigos, parejas no casadas, etc.
- Exentos con límite: hasta 3 UMA anuales cuando provienen de terceros.
📌 Si supera el límite → se debe pagar ISR.
✔ Herencias
Son exentas, pero se deben declarar para:
- Evitar discrepancia fiscal
- Acreditar origen del ingreso
- Evitar presunción de ingreso acumulable
✔ Venta ocasional de bienes
Cuando no es una actividad habitual.
ISR = Ganancia obtenida:
Ganancia = Precio de venta – Precio de adquisición – mejoras comprobadas
Ejemplos:
- Venta de auto
- Venta de equipo o maquinaria personal
- Venta de inmueble no habitual (puede tener exención parcial si es casa habitación)
✔ Premios y sorteos
Los premios están sujetos a retención:
- 7% normalmente
- ISR adicional si se acumula a otros ingresos en anual
Incluye:
- Concursos
- Promociones
- Casinos
- Sorteos
✔ Deudas perdonadas
Si una institución financiera, empresa o persona perdona una deuda → se considera ingreso acumulable, salvo excepciones.
✔ Depósitos bancarios no identificados
Si el SAT detecta depósitos sin origen claro → los puede considerar otros ingresos, aplicando impuesto y auditoría.
Este punto es clave en fiscalización 2026.
📉 Deducciones aplicables
Para este régimen no existen deducciones específicas, pero SÍ aplican:
✔ Deducciones personales en la declaración anual:
- Gastos médicos
- Colegiaturas
- Seguros de gastos médicos
- Donativos
- Intereses hipotecarios
- Aportaciones para el retiro
Topes:
Menor entre:
- 15% del ingreso anual
- 5 UMA anuales ≈ $189,222 MXN

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.
Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.
Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.
🧮 Cálculo del ISR provisional y anual
🟧 ISR provisional
La mayoría de ingresos en este régimen no requieren pagos mensuales, salvo actividades aisladas con retención obligatoria (como premios).
🧮 ISR en declaración anual
Cada tipo de ingreso tiene reglas específicas:
✔ 1. ISR por donativos no exentos
Se acumulan al resto de ingresos del año y pagan ISR conforme a tarifa.
✔ 2. ISR por herencias
Exentas, pero se informan en declaración.
✔ 3. ISR por venta ocasional de bienes
ISR = ganancia
Ganancia = venta – costo – mejoras
Ejemplo:
Vendes auto en $200,000 — Te costó $300,000
→ No hay ganancia, no hay impuesto.
✔ 4. ISR por premios
Se acumulan al total del año y se resta la retención del 7%.
✔ 5. ISR por depósitos bancarios no aclarados
El SAT puede exigir:
- Pago de ISR
- Pruebas documentales del origen
- Actualización y recargos
🟩 IVA en este régimen
No aplica IVA, ya que no se realizan actividades gravadas.
Excepto si la venta ocasional constituye una actividad económica (raro, pero puede ocurrir si se demuestra habitualidad).
📆 Declaración anual
La declaración anual debe incluir:
- Todos los ingresos clasificados como "Otros ingresos"
- Retenciones aplicadas
- Ganancias y pérdidas ocasionales
- Deducciones personales
- Depósitos bancarios relevantes
El SAT prellenará mucha información, pero NO todo, por lo que se debe revisar cuidadosamente.
Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.
Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.
En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:
📋 Obligaciones informativas
- Declarar herencias y donativos aunque estén exentos
- Tener comprobantes del origen de depósitos
- Conservar contratos de compra-venta
- Conservar comprobantes de premios
❗ Casos especiales importantes
1️⃣ Venta de casa habitación
Puede estar 100% exenta si cumple requisitos:
- Haber vivido ahí
- No haber vendido en los últimos 3 años
- Escrituras, INE y CFDI coinciden
2️⃣ Donativos entre familiares indirectos
Entre hermanos: exentos solo si no superan 3 UMAS anuales.
Entre terceros: se consideran ingreso gravado.
3️⃣ Premios en concursos de patrocinadores o tiendas
→ El otorgante debe retener ISR, pero no siempre lo hace.
Si no retiene, el contribuyente debe pagar en anual.
4️⃣ Herencias dudosas
Si no se declara, el SAT puede considerarlo "incremento de patrimonio" sujeto a ISR.
5️⃣ Cámaras de comercio o programas de recompensa
Los incentivos se consideran ingreso y deben declararse.
⚠️ Fiscalización 2026
El SAT incrementa su vigilancia sobre:
- Depósitos sin comprobación
- Premios no declarados
- Donativos y herencias no informados
- Venta de bienes sin CFDI
- Operaciones reportadas por notarios
Se activa el cruce automático:
📌 Bancos → Notarios → Casas de Bolsa → SAT
✅ Ventajas del régimen
- Permite regularizar ingresos extraordinarios
- No requiere pagos mensuales en la mayoría de los casos
- Permite aplicar deducciones personales
- Posibilidad de compensar retenciones en anual
- Evita discrepancia fiscal al declarar correctamente
📲 ¿Necesitas ayuda personalizada?
Si recibiste un donativo, herencia, premio, o tienes depósitos bancarios que el SAT podría cuestionar, un contador virtual de MiCont@ puede ayudarte a:
- Determinar si el ingreso es exento
- Calcular el ISR correspondiente
- Preparar tu declaración anual
- Evitar discrepancias fiscales con el SAT