Mi Contax Logo

Donativos Deducibles: Apoya y Reduce tu Impuesto

Realizar un donativo no solo representa un gesto de solidaridad, también puede generar beneficios fiscales.

Última actualización: 19 de noviembre, 2025

¿Qué donativos son deducibles?

Son deducibles aquellos donativos que se otorgan sin recibir un beneficio a cambio (no onerosos ni remunerativos), y se entregan a:

  • Instituciones del gobierno (federal, estatal, municipal).
  • Organismos internacionales de los que México forme parte.
  • Asociaciones y fundaciones sin fines de lucro autorizadas por el SAT.

El listado oficial de instituciones autorizadas se publica en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal, disponible en el portal del SAT.

Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.

La falta de declaración puede generar multas.

Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.

En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:

🔷 Revisión de cumplimiento🔷 Validación de requisitos legales🔷 Determinación de procedencia🔷 Acompañamiento profesional
MiContax

Requisitos para deducir

Para que el donativo sea válido como deducción:

  • Debes contar con una factura electrónica (CFDI).
  • El CFDI debe incluir:
    • Tu nombre completo y RFC.
    • Código postal registrado ante el SAT.
    • Uso del CFDI con clave D04 "Donativos".
    • Número de oficio SAT de autorización para recibir donativos.
    • Descripción detallada y valor del bien donado, o monto del donativo.

¿Se pueden deducir donativos en especie?

Sí, los donativos pueden ser en especie o en efectivo. En el caso de bienes materiales, la organización debe valuarlos adecuadamente y emitir un CFDI con el valor correspondiente.

Cliente Juan

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.

Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.

Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.

¿Cuál es el límite deducible?

  • 7% de los ingresos acumulables anuales si donas a instituciones privadas autorizadas.
  • 4% si el donativo es a instituciones públicas.

Este límite se integra al tope global de deducciones personales permitido por ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si la organización no está autorizada?

El donativo no podrá ser deducido, aunque haya sido bien intencionado.

¿Se puede deducir sin factura?

No. La factura electrónica es obligatoria.

¿Debo declarar el donativo?

Sí, en tu declaración anual del ISR, dentro de las deducciones personales.

Recomendaciones

  • Consulta con nuestros contadores virtuales para verificar si tu donativo califica como deducible.
  • Te ayudamos a maximizar tu saldo a favor usando correctamente tus deducciones personales.
  • Si ya realizaste un donativo, asegúrate de revisar el CFDI emitido.

Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.

Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.

En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:

✔ Si existe un saldo a favor posible✔ Si cumple con los requisitos para solicitarlo✔ Si puede recuperarse y en qué plazo✔ Si existen riesgos, contingencias o multas por falta de declaración