¿Y las deducciones personales en el RESICO?
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) fue creado para simplificar el pago mensual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) mediante tasas fijas aplicadas directamente al ingreso.
Si todos tus ingresos son del RESICO, no aplicas deducciones personales: tu ISR se calcula sobre tus ingresos cobrados, sin restar deducción alguna (artículos 113-E y 113-F de la Ley del ISR), y con la RMF 2026 tus pagos mensuales son definitivos y no presentas declaración anual por esos ingresos (regla 3.13.7). Las deducciones personales solo te sirven si además tienes ingresos por sueldos o por intereses: esos se declaran en una anual aparte, y ahí es donde se aplican.
La clave está en asegurar que estos gastos cumplan con todos los requisitos de forma de pago y facturación (CFDI) establecidos por el SAT.
Te ayudamos a entender tu situación fiscal y a evitar contingencias.
La falta de declaración puede generar multas.
Un saldo a favor solo puede recuperarse si la declaración es correcta y cumple con todos los requisitos.
En MiCont@ realizamos una evaluación profesional previa:
- Revisión de cumplimiento
- Validación de requisitos legales
- Determinación de procedencia
- Acompañamiento profesional

Deducciones personales: solo para tus sueldos o intereses
Si además del RESICO presentas Declaración Anual por otros ingresos, ahí puedes incluir las Deducciones Personales que aplican a la mayoría de las Personas Físicas. Aquí te dejamos las más comunes:
- Gastos médicos y dentales: Honorarios, gastos hospitalarios, análisis, prótesis y lentes ópticos (con límites y con pago bancarizado).
- Colegiaturas: Pagos por educación básica (preescolar a bachillerato), con los límites máximos anuales establecidos por nivel.
- Intereses de créditos hipotecarios: Intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación (con límite de 750,000 UDIS).
- Transporte escolar: Si el servicio es obligatorio y se presta bajo contrato con la escuela.
- Aportaciones a fondos de retiro (Afore): Aportaciones voluntarias realizadas para tu retiro.
- Donativos: A instituciones autorizadas y bajo los límites anuales correspondientes.
¿Qué pasa si tienes otros ingresos (RESICO + Asalariado)?
Si tributas en RESICO y al mismo tiempo tienes ingresos de otros regímenes (como asalariado), las reglas se vuelven más complejas en la Declaración Anual.
Si tributas en RESICO y además eres asalariado (o tienes intereses), la anual de tus sueldos o intereses se calcula por separado de tu RESICO (regla 3.13.8 de la RMF 2026). Tus deducciones personales se aplican en esa anual, contra tus sueldos o intereses, nunca contra tus ingresos del RESICO.

Antes de recuperar un saldo a favor, es indispensable validar tu cumplimiento fiscal.
Juan logró obtener su devolución porque cumplía con todos los criterios legales.
Nosotros te ayudamos a verificar si tu caso también es viable.
Evaluar mi casoTrucos para que no te quiten ni un peso
Cumplir en RESICO y aprovechar las deducciones en tus otros ingresos requiere de organización y atención al detalle:
- Organiza tus CFDI: Mantén todos tus Comprobantes Fiscales bien clasificados. No basta con guardar el ticket, necesitas la factura electrónica.
- Revisa los límites: cada deducción personal tiene su tope (por ejemplo, 750,000 UDIS de crédito para los intereses hipotecarios y un tope por alumno y nivel para colegiaturas) y, salvo las colegiaturas y las aportaciones voluntarias al retiro, en conjunto no pueden pasar del límite global: el menor entre 5 UMA anuales ($213,973.20 en 2026) y el 15 % de tus ingresos totales, incluidos los exentos.
- Consultoría Experta: Ante la duda, especialmente al combinar regímenes, consulta a un contador para evitar errores que resulten en multas o rechazo de devoluciones.
MiCont@ para tus deducciones: ¡Claro que sí!
Si todo este tema te parece complicado, tranquilo. En MiCont@, el equipo de CMS Consultores revisa tus comprobantes y prepara tu Declaración Anual aplicando las deducciones personales que procedan.
Si tienes dudas o una situación de ingresos combinados, tu asesor te acompaña en cada paso.
Puedes tener un saldo a favor… o una obligación pendiente. Revisa tu situación fiscal con seguridad.
Cada año, muchos contribuyentes desconocen si podrían obtener un saldo a favor o si, por el contrario, tienen obligaciones sin cumplir, como la presentación de su declaración anual.
En MiCont@, evaluamos tu caso de manera profesional para determinar:
- Si existe un saldo a favor posible
- Si cumples con los requisitos para solicitarlo
- Si puede recuperarse y en qué plazo
- Si existen riesgos, contingencias o multas por falta de declaración

