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Ingresos por Premios

Régimen fiscal para personas físicas que obtienen ingresos derivados de sorteos, rifas, loterías y concursos.

Última actualización: 19 de noviembre, 2025

En el sistema tributario mexicano, la persona física que obtiene ingresos por premios se configura como sujeto pasivo del Impuesto sobre la Renta cuando dicho premio representa un incremento patrimonial susceptible de gravamen.

1. La persona física que obtiene ingresos por premios como sujeto del impuesto

Este régimen se fundamenta en el principio de capacidad contributiva, al considerar que la obtención de un premio revela la existencia de recursos económicos que deben contribuir al gasto público, aun cuando no deriven de una actividad productiva o habitual.

Desde una perspectiva teórica, los premios constituyen una manifestación extraordinaria de riqueza.

2. Concepto jurídico de los ingresos por premios

Jurídicamente, se consideran ingresos por premios aquellos obtenidos por la persona física como consecuencia de:

  • Sorteos
  • Rifas
  • Loterías
  • Concursos
  • Juegos con apuestas
  • Cualquier evento en el que el ingreso dependa del azar o de una competencia

Desde el punto de vista fiscal, el elemento central del régimen es la obtención del premio, independientemente de que este se otorgue en efectivo o en especie.

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3. Naturaleza fiscal del régimen de ingresos por premios

La naturaleza fiscal de este régimen es ocasional, extraordinaria y definitiva, ya que:

  • No existe habitualidad en la percepción del ingreso.
  • No se requiere una actividad económica previa.
  • El impuesto se causa por un hecho aislado.

Desde la doctrina fiscal, los premios se asimilan a las ganancias fortuitas, cuya tributación busca evitar que incrementos patrimoniales significativos queden fuera del sistema impositivo.

4. Tratamiento del Impuesto sobre la Renta (ISR)

En el régimen de ingresos por premios, el ISR se determina mediante una retención directa efectuada por la persona que entrega el premio.

La retención tiene, por regla general, el carácter de pago definitivo, lo que implica que:

  • El contribuyente no realiza pagos provisionales.
  • No se permite la aplicación de deducciones.
  • El impuesto se entera de manera inmediata.

Este esquema prioriza la certeza recaudatoria y la simplicidad administrativa.

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5. Declaración anual y obligaciones formales del contribuyente

Por regla general, cuando el ISR retenido por premios tiene el carácter de pago definitivo, el contribuyente:

  • No está obligado a presentar declaración anual por ese ingreso específico.
  • No acumula el premio a otros ingresos gravables.

No obstante, el ingreso por premios puede informarse en la declaración anual cuando:

  • La ley lo exige expresamente.
  • El contribuyente desea transparentar el incremento patrimonial.
  • Existen otros ingresos que obligan a presentar declaración anual.

6. Tratamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Desde la perspectiva del IVA, los ingresos por premios no constituyen actos gravados, debido a que:

  • No existe una enajenación onerosa.
  • No hay prestación de servicios independientes.
  • El ingreso no deriva de un acto de consumo.

Por tanto:

  • No se traslada IVA.
  • No se acredita IVA.
  • No se generan obligaciones materiales en este impuesto.

Esto refuerza la naturaleza no comercial del ingreso por premios.

7. Importancia del régimen en la fiscalización

El régimen de ingresos por premios es relevante en la fiscalización debido a que:

  • Genera incrementos patrimoniales abruptos.
  • Puede detonar discrepancia fiscal.
  • Suele ser omitido por desconocimiento del contribuyente.

La autoridad fiscal obtiene información a través de:

  • Declaraciones de los organizadores de sorteos.
  • Retenciones efectuadas.
  • Información bancaria y patrimonial.

Desde una perspectiva teórica, este régimen funciona como un indicador de enriquecimiento súbito.

9. Inexistencia de deducciones en los ingresos por premios

En el régimen de ingresos por premios no se permiten deducciones, ya que:

  • El impuesto se determina sobre el ingreso bruto.
  • No existen costos o gastos asociados a la obtención del premio.
  • El ISR retenido tiene carácter definitivo.

Desde el punto de vista doctrinal, esta restricción se justifica por la naturaleza fortuita del ingreso.

9.1 Premios en especie y su valoración

Cuando el premio se otorga en especie, el ingreso gravable se determina con base en:

  • El valor de mercado del bien.
  • El valor consignado por el otorgante.

Este valor sirve como base para:

  • La retención del ISR.
  • La identificación del incremento patrimonial.

9.2 Controles y limitaciones en la determinación del ingreso

Los principales controles en este régimen son:

  • Identificación del beneficiario.
  • Valuación correcta del premio.
  • Congruencia entre el premio y la situación patrimonial posterior.

Errores u omisiones pueden dar lugar a recaracterización del ingreso o ajustes fiscales.

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10. Declaraciones informativas en el régimen de ingresos por premios

Por regla general, la persona física no presenta declaraciones informativas, ya que:

  • No realiza retenciones.
  • No traslada impuestos.
  • El control fiscal recae en el otorgante del premio.

Las obligaciones informativas corresponden principalmente a:

  • Organizadores de sorteos.
  • Entidades que pagan premios.
  • Terceros obligados a informar a la autoridad fiscal.

11. Implicaciones fiscales y riesgos cuando los premios son elevados o recurrentes

Cuando los premios:

  • Son de alto valor, o
  • Se obtienen de manera recurrente,

surgen implicaciones fiscales relevantes, tales como:

  • Incremento del riesgo de discrepancia fiscal.
  • Revisión del origen de otros bienes adquiridos.
  • Posible reclasificación de ingresos.

Desde una perspectiva teórica, este escenario evidencia que los premios, aun siendo fortuitos, no quedan fuera del radar fiscal.